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ÒRGANOS DE GOBIERNO DEL ESTADO PANAMEÑO

Created by ABDULRAHAMAN HAZIM HASSANANI

En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el ejecutivo de las cosas pertenecientes al derecho de gentes, y el ejecutivo de las que pertenecen al civil.

ÒRGANOS DE GOBIERNO DEL ESTADO PANAMEÑO

el poder legislativo e refiere al poder que tiene una persona ocorpuracion

legislativo

estos organos cuando se unin en una misma persona o coorporacion entonses no hay liberdad porque es de temer que el monarca o el senado

hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo.

ÒRGANOS DE GOBIERNO DEL ESTADO PANAMEÑO

En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el ejecutivo de las cosas

pertenecientes al derecho de gentes, y el ejecutivo de las que pertenecen al civil.En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el ejecutivo de las cosas

pertenecientes al derecho de gentes, y el ejecutivo de las que pertenecen al civil.

ejecutivo

 

es basicamente como el legislativo en algunos casos los que mantienen el poder son la ley 

En Panamá vemos el órgano ejecutivo siendo dirigido por el primer mandatario (persona

que obedece ordenes o mandatos) Nito Cortizo, quien ha demostrado un respeto con

respecto a la dinámica del órgano judicial y del órgano legislativo, como bien lo dicta la

teoría de los tres poderes.

judicial 

en teoria  es como el legislativo y ejectivo con la diferncia que tienen el imperio de la vida, liberdad deciodadano 

también cuando el poder judicial no está separado del poder legislativo y del

ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos

sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería

tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un agresor.

La división de poderes es una forma de estructura organizativa de los estados basada en

el reparto de los poderes de decisión y control en tres ámbitos: el legislativo, el ejecutivo

y el judicial.

Si bien el concepto de división de poderes cuenta con antecedentes históricos ligados a

los surgimientos de las democracias, es la teoría de la división de poderes de Montesquieu

la que resumen y define el mismo en el siglo XVIII.

Comúnmente esta división se sitúa como una medida o herramienta de defensa de las

libertades en las distintas naciones. Esto sucede porque la acumulación de poderes o

competencias bajo los mismos sujetos se asocia a modelos de estado más totalitarios

como dictaduras.